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Se ha aprobado el programa Impacto Autónomo, ayudas para personas autónomas y microempresas de Galicia, dirigidas a minimizar el impacto de la subida de costes de las materias primas y suministros.

 

Personas beneficiarias:

 

Personas trabajadoras autónomas o mutualistas con unos rendimientos netos por actividades económicas en el 2021 entre 10.000 € y 30.000 €.

 

Personas trabajadoras autónomas de temporada de alta o situación asimilada en el momento de presentación de la solicitud y haber estado de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el 2021 y en el 2022.

 

Microempresas (menos de 10 personas trabajadoras y con un balance general anual inferior a 2.000.000 €), sociedades de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles con una facturación en el 2021 entre 50.000 € y 750.000 €.

 

  • Las personas autónomas societarias solamente podrán presentar una solicitud.

 

 

Requisitos:

 

  • Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  • Estar de alta o en situación asimilada en el RETA o mutualidad correspondiente, mínimo 6 meses ininterrumpidos antes de la publicación de la ayuda (04/01/2023), o, en el caso de personas autónomas de temporada, alta o situación asimilada en el momento de presentación de la solicitud y haber estado de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el 2021 y/o en el 2022.
  • En el caso de personas autónomas o mutualistas, tener declarados unos rendimientos netos entre 10.000 € y 30.000 en el 2021.
  • En el caso de empresas, comunidades de bienes o sociedades civiles, tener declarada una facturación no superior a 750.000 € en el 2021.
  • Los que dispongan de establecimientos fijos abiertos al público, el establecimiento deberá estar abierto al público durante los 6 meses posteriores a la publicación de la ayuda (04/01/2023).
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de beneficiaria de la ayuda.

 

 

Cuantía:

 

Personas autónomas:

  • En estimación objetiva: 800 €
  • En estimación directa:
    • Con rendimientos netos en el 2021 entre 10.000 € y 20.000 €: 1.500 €
    • Con rendimientos netos en el 2021 entre 20.001 € y 30.000 €: 1.200 €

 

Microempresas, comunidades de bienes o sociedades civiles:

  • Con facturación en el 2021 entre 50.000 € y 250.000 €: 1.500 €
  • Con facturación en el 2021 entre 250.001 € y 750.000 €: 1.200 €

 

Los importes serán del 50% en el caso de no acreditar 12 meses completos de actividad en el 2021.

 

Para las personas autónomas de temporada los importes serán también del 50%.

 

 

Obligaciones:

 

En el caso de personas autónomas, mantener la actividad económica y el alta en el RETA (o correspondiente) durante un mínimo de 6 meses desde la publicación de la ayuda.

 

En el caso de microempresas, sociedades de economía social, comunidades de bienes y sociedades civiles, mantener la actividad económica durante un mínimo de 6 meses desde la publicación de la ayuda.

 

 

Plazo presentación:

 

El plazo de presentación será desde el 09/01/2023 hasta el 09/02/2023.

TR890A - Impacto Autónomo

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