Blog

El programa Xempre Autónomo tiene como finalidad ayudar económicamente a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.

 

 

Personas beneficiarias:

 

Las personas que causen alta como personas autónomas o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 01/10/2022 hasta el 30/09/2023, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.

 

Las personas autónomas que formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, podrán ser beneficiarias siempre que la soliciten a título personal. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud.

 

Quedan excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, sociedades laborales y los autónomos colaboradores.

 

 

Requisitos:

 

  • Estar inscrito como demandante de empleo en el momento del alta.
  • Haber causado alta como persona autónoma con anterioridad a la solicitud.
  • Encontrarse de alta en el impuesto de actividades económicas.
  • Desarrollar la actividad empresarial o profesional en Galicia.
  • Tener domicilio fiscal en Galicia.
  • No haber recibido subvenciones de los programas de empleo autónomo en los 3 años anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad, computando desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la anterior subvención.
  • No haber desarrollado como persona autónoma la misma o similar actividad en los 6 meses anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad, ni haber estado de alta como persona autónoma, siempre que dicha situación de alta presuponga actividad, en los 3 meses anteriores. Este requisito no se aplicará cuando la actividad fuera realizada por personas autónomas colaboradoras.
  • Estar al corriente de pago con las administraciones (Seg. Social, Xunta y AEAT).

 

 

Obligaciones:

 

  • Mantener el alta durante un mínimo de 24 meses (2 años), salvo cese por causas ajenas a su voluntad, lo que deberá acreditar de manera fehaciente.
  • Mantener durante 1 año la forma jurídica elegida.
  • Conservar los documentos justificativos durante un período de 5 años.
  • Adoptar las medidas adecuadas de difusión para dar publicidad a la financiación pública, así como de información a través de los indicadores de realización y de resultado.
  • Comunicar la obtención de otras ayudas incompatibles o compatibles.

 

En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones se procederá al reintegro total o parcial, según el caso, de la subvención.

 

 

Cuantía:

 

  • 2.000 € para personas desempleadas en general.
  • 4.000 € para personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos, que no serán acumulables:
    • menores de 30 años.
    • desempleados de larga duración.
    • desempleados con discapacidad o en situación de dependencia.
    • desempleados que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social.
    • mayores de 55 años.

 

Estas cantidades se incrementarán un 25% en los siguientes casos:

  • si la persona incorporada es una mujer.
  • si el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) está en un ayuntamiento rural.
  • mayores de 45 años (no aplicable al apartado e) anterior).
  • si la persona incorporada es emigrante retornada o extranjera.
  • persona trans.
  • profesiones y oficios en los que la mujer esté subrepresentada, según informe del Instituto Gallego de las Cualificaciones.

 

Estos 6 incrementos son acumulables y de este modo la cuantía máxima posible, de aplicarse todos los incrementos, sería de 10.000 €.

 

 

Plazo presentación:

 

El plazo de presentación será desde el 25/01/2023 hasta el 29/09/2023.

TR341D Xempre Autónomo

Utilizamos COOKIES propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Puede obtener más información acerca de nuestra Política de cookies accediendo al link del mismo nombre incluido en todas nuestras páginas de navegación. Aceptar