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El Real Decreto Ley 24/2020 establece que, a partir del 1 de julio de 2020, los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo el 30 de junio la prestación extraordinaria por cese de actividad, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social con las siguientes cuantías:

  • 100% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.
  • 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.
  • 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.

  Para obtener esta exención no es necesario realizar ninguna solicitud expresa.

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