El Real Decreto Ley 24/2020 establece que, a partir del 1 de julio de 2020, los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo el 30 de junio la prestación extraordinaria por cese de actividad, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social con las siguientes cuantías:
- 100% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.
- 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.
- 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.
Para obtener esta exención no es necesario realizar ninguna solicitud expresa.