MODIFICACIÓN MEDIDAS PREVENTIVAS COVID-19

Medidas preventivas Covid

Con la orden publicada en el DOG el 15 de agosto de 2020, se modifican determinadas medidas previstas en el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia del 12 de junio de 2020, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que entran en vigor a partir de las 00.00 horas del 17 de agosto de 2020:

  • En el consumo de tabaco o de cigarrillos electrónicos en la vía pública o en espacios al aire libre, incluida la terraza, solamente queda exceptuada la obligación del uso de mascarilla, y exclusivamente durante su consumo, cuando pueda garantizarse en todo momento la distancia de dos metros con otras personas. Se incluye cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas y asimilados.
  • En el caso de reuniones o de posible confluencia de personas no convivientes en espacios privados, abiertos o cerrados, se recomienda el uso de mascarilla, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal y la aplicación de medidas de higiene.
  • El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, manteniendo la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes. La ocupación máxima por mesa, o agrupación de mesas, será de diez personas, y se deberá mantener la debida distancia de seguridad entre personas.
  • Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar no más tarde de la una de la madrugada, y no se podrá permitir el acceso de ningún cliente a partir de las 00.00 horas.
  • Los locales de discotecas y demás establecimientos de ocio nocturno deberán permanecer cerrados. Se engloban en la definición de ocio nocturno las discotecas, pubs, cafés-espectáculo, salas de fiestas, así como las salas de conciertos que desarrollen sus actividades de forma análoga a los anteriores.
  • Se recomienda de forma general a la ciudadanía que se restrinjan los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que se limiten a un máximo de diez personas.