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Con el objeto de apoyar las iniciativas de emprendimiento de las personas beneficiarias, contribuyendo al incremento de su actividad económica y su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada, se ha publicado una nueva convocatoria de este ayuda.

 

 

Personas beneficiarias

 

Personas trabajadoras autónomas, mutualistas y pymes, incluyendo las sociedades cooperativas y laborales, así como las empresas de inserción y centros especiales de empleo, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  • Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.
  • Haberse constituido/dado de alta e iniciado la actividad económica en el periodo que transcurre entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.
  • No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

 

 

Conceptos subvencionables

 

Serán subvencionables las inversiones realizadas y pagadas entre el 30/09/2023 y la fecha de la presentación de la solicitud, justificadas mediante facturas y documentos bancarios acreditativos de su pago, vinculadas de manera indudable al proyecto empresarial. En concreto:

  • Equipamiento informático (se excluyen teléfonos móviles y smartphones).
  • Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera (adquisición de la propiedad o del derecho de uso de programas informáticos, etc.)
  • Inversiones en eficiencia energética.
  • Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario (se excluyen vehículos, naves, aeronaves y similares).
  • Reforma y rehabilitación de las instalaciones del local de negocio/centro de trabajo, incluida rotulación (se excluye domicilio habitual).
  • Gastos notariales y/o registrales relacionados con la actividad subvencionada e indispensables para su adecuada preparación o ejecución (máximo 300 €).
  • Gastos de alquiler del local/centro de trabajo para la realización de la actividad (máximo 600 €).
  • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
    • Que los activos sean adquiridos a una persona tercera no relacionada con la persona compradora.
    • Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
    • Que el precio no sea superior al valor del mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de tasador/a independiente o de una empresa suministradora de bienes de la misma tipología.

 

La inversión en bienes inscribibles en un registro público tendrá que ser mantenida, vinculada a la actividad económica subvencionable, en el centro de trabajo en Galicia, durante los 5 años siguientes a la fecha del pago final a la persona beneficiaria, y el resto de la inversión, durante 2 años desde dicha fecha.

 

 

Cuantías ayuda

 

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:

 

   Inversión

   Cuantía ayuda

   Entre 5.000 € y 10.000 € 

   60 % inversión

   Entre 10.001 € y 30.000 € 

   50 % inversión

   Entre 30.001 € y 50.000 € 

   40 % inversión

   Entre 50.001 € y 100.000 €

   30 % inversión

 

Importe mínimo de las facturas: 300 €, IVA excluido.

 

 

Principales obligaciones

 

  • Mantener la forma jurídica y la actividad empresarial al menos 2 años desde la resolución.

 

 

Plazo solicitud

 

Desde el 12/02/2024 hasta el 28/06/2024.

TR342C Ayudas al emprendimiento

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