FINALIZACIÓN PRÓRROGA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA COVID-19

Prórroga prestación extraordinaria

El próximo 30 de septiembre finalizará la “prórroga” de la prestación extraordinaria de cese de actividad aprobado en el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.

Con este RDL, los trabajadores por cuenta propia que vinieran percibiendo hasta el 30 de junio la prestación extraordinaria por cese de actividad previsto en el RDL 8/2020, del 17 marzo, pueden solicitar la prestación por cese de actividad durante los meses de julio, agosto y septiembre, en la que se exigirá acreditar una reducción en la facturación durante el tercer trimestre del año 2020 de al menos el 75% en relación con el mismo periodo del año 2019, así como no haber obtenido durante el tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 €.

El reconocimiento de esta prestación la llevan a cabo las mutuas colaboradoras o el Instituto Social de la Marina con carácter provisional, con efectos del 1 de julio de 2020 si se solicitaba antes del 15 de julio, o con efecto desde el día siguiente a la solicitud en otro caso, debiendo ser regularizada a partir del 31 de enero de 2021.

A partir del 21 de octubre de 2020 y del 1 de febrero de 2021, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, siempre que tengan el consentimiento de los interesados otorgado en la solicitud, o el Instituto Social de la Marina, recabarán del Ministerio de Hacienda los datos tributarios de los ejercicios 2019 y 2020 necesarios para el seguimiento y control de las prestaciones reconocidas.

Por otro lado, en este RDL también se recogía la exención de la cotización a la Seguridad Social para los que vinieran percibiendo dicha prestación extraordinaria hasta el 30 de junio. Estos trabajadores no pagaron la cuota de julio, tuvieron una exención del 50% en agosto y en este mes de septiembre tendrán una exención del 25%, teniendo que pagar la cuota íntegra en el mes de octubre, en el caso de que no se informe ningún cambio.